El análisis técnico de una exoneración le corresponde al Ministerio de Finanzas. La atribución que se tomó el Centro de Gobierno en el tema evidencia la duplicidad de funciones.
La Constitución faculta al Presidente de la República para exonerar multas y demás recargos por incumplimientos tributarios.
Desde el Centro de Gobierno se asesoró al mandatario para decidir en casos de exoneraciones de multas ante la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT). Así se refleja en el informe del 30 de junio de 2020 elaborado por Juan Carlos Pérez Morales, asesor de esa dependencia.
Uno de los puntos en el informe de la asesoría prestada al director ejecutivo del Centro de Gobierno, Luis Miguel Martínez, con la aprobación de la secretaria general de la Presidencia, Leyla Lemus, se indica que se “brindó acompañamiento a los avances de las siguiente diligencias, para la toma de decisiones del señor Presidente Constitucional de la República: 1. Solicitud de exoneración de multas y tasas de una entidad mercantil, contribuyente ante la SAT…”.
La Secretaria General de la Presidencia resolvió no atender la solicitud de información al respecto de los contribuyentes que fueron beneficiados durante 2020 con exoneración del pago de multas y recargos ante la SAT autorizada por el mandatario Alejandro Giammattei.
Mientras que la SAT únicamente respondió que lo recaudado hasta el 8 de diciembre “en relación a las exoneraciones otorgadas por el Presidente” fue por Q2.16 millones.
La pandemia de COVID-19 afectó el comportamiento de la economía guatemalteca desde marzo de 2020, por lo que la SAT aplazó el pago de algunos impuestos y a noviembre mantiene una brecha de Q4.2 millardos con respecto a la meta prevista.
Con acuerdos
Pero otra de las medidas que alcanzó a varios contribuyentes con procesos administrativos fue llegar a acuerdos con la SAT para pagar la totalidad del impuesto adeudado y que se le congelará el cobro de intereses, moras y recargos, para poder solicitar al presidente Giammattei la exoneración correspondiente, comentó el consultor fiscal, Óscar Chile Monroy.
Bastantes de esos casos están ahora en un impase porque no han sido resueltos por el presidente, dijo Chile Monroy que calificó de buena la medida de la administración tributaria porque mejora la recaudación y beneficia al contribuyente.
Según la legislación vigente, la facultad de otorgar exenciones, condonaciones, exoneraciones, deducciones, descuentos y aprobar impuestos corresponde al Congreso, mientras que en el inciso r) del Artículo 183 de la Constitución faculta al Presidente a otorgar exoneración de multas y recargos tributarios.
Esa facultad constitucional para el Presidente debe eliminarse porque no es una forma efectiva para elevar la recaudación y se convierte en un incentivo para el incumplimiento fiscal, comentó Erick Coyoy Echeverría, ex viceministro de Finanzas, al rechazar también las exoneraciones generalizadas (amnistías).
Pero el consultor tributario anticipa la probabilidad de que en 2021 se presente al Legislativo una iniciativa de facilitación para el pago de impuestos, que podría incluir la exoneración de multas y demás recargos. “Esa puede ser la razón por la que el Presidente no ha resuelto algunas de las solicitudes”, indicó.
Duplicidad
El análisis técnico de una exoneración le corresponde al Ministerio de Finanzas, así como informar y asesorar a la Presidencia, explicó Coyoy Echeverría. La atribución que se tomó el Centro de Gobierno en el tema evidencia la duplicidad de funciones, agregó.
La oficina a cargo de Martínez Morales quedó sin efecto el 31 de diciembre del año pasado, ante el rechazo de los ciudadanos por el elevado presupuesto y la falta de transparencia.
Q2,160,832.34 es el monto recaudado por la SAT desde enero al 8/12/2020 en relación a las exoneraciones presidenciales según El Periódico.
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